Los principales objetivos de la ayuda a los proyectos de cooperación cultural transnacional consisten en apoyar la capacidad de los sectores cultural y creativo europeos para operar a nivel transnacional e internacional y promover la circulación transnacional de las obras culturales y creativas y la movilidad transnacional de los agentes culturales y creativos, en particular de los artistas.
Las prioridades en cuanto al refuerzo de la capacidad de los sectores cultural y creativo para operar a nivel transnacional serán las siguientes:
- Impulsar las acciones que doten a los agentes culturales y creativos de destrezas, capacidades y conocimientos que contribuyan a reforzar los sectores cultural y creativo, incluido el fomento de la
- transición al entorno digital, la puesta a prueba de enfoques innovadores para llegar a un público más amplio y la experimentación de nuevos modelos empresariales y de gestión.
- Fomentar las acciones que permitan a los agentes culturales y creativos cooperar a nivel internacional, así como internacionalizar su carrera y sus actividades en la Unión y fuera de ella, en la medida de lo posible sobre la base de estrategias a largo plazo.
- Reforzar los vínculos entre las organizaciones culturales y creativas europeas y las redes internacionales para facilitar el acceso a oportunidades profesionales.
Las prioridades en cuanto a la promoción de la circulación y la movilidad a nivel transnacional serán las siguientes:
- Impulsar actividades culturales internacionales, como, por ejemplo, exposiciones, intercambios y festivales.
- Fomentar la circulación de la literatura europea con vistas a garantizar la mayor accesibilidad posible.
- Llegar a un público más amplio como medio para estimular el interés por las obras culturales y creativas europeas y por el patrimonio cultural tangible e intangible, y mejorar el acceso a dichas
- obras.
Podrán presentar su candidatura las entidades jurídicas establecidas en una de las categorías de países:
1. Estados miembros de la UE y países y territorios de ultramar que puedan participar en el programa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58 de la Decisión 2001/822/CE del Consejo.
2. Países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales que se hayan acogido a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios y condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco y decisiones del Consejo de Asociación o en acuerdos similares;
3. Países de la AELC que sean Parte en el Acuerdo sobre el EEE, de conformidad con lo dispuesto en dicho Acuerdo.
4. L Confederación Helvética, sobre la base de un acuerdo bilateral que debe celebrarse con este país.
5. Países del espacio europeo de vecindad, con arreglo a los procedimientos establecidos con ellos en los acuerdos marco que regulan su participación en los programas de la UE.
Podrán presentar su candidatura los operadores culturales y creativos que operen en los sectores cultural y creativo, y que estén legalmente establecidos en uno de los países que participan en el subprograma Cultura.
Podrán presentar su candidatura los operadores culturales que puedan demostrar que llevan al menos dos años con personalidad jurídica en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Las personas físicas no pueden optar a una subvención.
Proyectos subvencionables: Dependiendo de la importancia, las necesidades, la naturaleza, los objetivos y las prioridades del proyecto, los candidatos tendrán que optar por la categoría 1 (Proyectos de cooperación a menor escala) o la categoría 2 (Proyectos de cooperación a mayor escala).
Categoría 1. Proyectos de cooperación a menor escala
Contarán con un jefe de proyecto y, al menos, con otros dos socios, que tendrán sede, como mínimo, en tres países diferentes que participen en el programa Europa Creativa, subprograma Cultura; el jefe de proyecto o uno de los socios deberá tener su sede en uno de los países que figuran en la categoría 1, 3 o 4 de países admisibles.
Serán objeto de una solicitud de un máximo de 200 000 EUR, importe que no representará más del 60 % del presupuesto subvencionable.
Categoría 2. Proyectos de cooperación a mayor escala
Contarán con un jefe de proyecto y, al menos, con otros cinco socios, que tendrán sede, como mínimo, en seis países diferentes que participen en el programa Europa Creativa, subprograma Cultura; el jefe de proyecto o uno de los socios deberá tener su sede en uno de los países que figuran en la categoría 1, 3 o 4 de países admisibles.
Serán objeto de una solicitud de un máximo de 2 000 000 EUR, importe que no representará más del 50 % del presupuesto subvencionable.